La educación actual no puede entenderse sin el uso de las nuevas tecnologías por lo que se considera la competencia digital como un elemento clave dentro de la formación de los futuros docentes.
Requiere de una serie de conocimientos relacionados con el lenguaje tanto textual, numérico, icónico, visual, gráfico y sonoro, así como sus pautas de decodificación y transferencia. Esto conlleva el conocimiento de las principales aplicaciones informáticas. Supone también el acceso a las fuentes y el procesamiento de la información; y el conocimiento de los derechos y las libertades que asisten a las personas en el mundo digital.
El Marco Común de Competencia Digital Docente elaborado por el Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado establece cuáles son los cinco pilares que componen la Competencia Digital Docente:
Información y alfabetización informacional -> El profesor tiene que poder identificar, analizar, estructurar, almacenar y recuperar la información esencial que garantice el aprendizaje del educando, pudiendo evaluarla de manera crítica y responsable. Es necesario que reconozca qué bases de datos contienen datos confiables y de alta calidad. Por ejemplo, Google Académico, SciELO, Scopus, Dialnet...
Comunicación y colaboración -> El docente tiene que poder comunicarse en entornos digitales, compartir recursos y colaborar con otras personas por medio del uso de herramientas digitales. Debido a la actual situación sanitaria de Covid – 19 el profesorado se ha tenido que adaptar la nueva situación requiriendo usar más frecuentemente un entorno virtual en detrimento de los cursos presenciales. De este modo, ha sido necesario aprender a utilizar aplicaciones y recursos como Google Drive, Dropbox y Onedrive, el correo electrónico, videollamadas (Zoom, Google Meet, Skype). Así como herramientas de creación de contenidos que permiten la colaboración entre usuarios blogs (Blogger, Google Sites, Tumblr), foros (Google Clasroom, Moodle... ofrecen la opción), wikis (Wikipedia) y/o redes sociales (YouTube, Facebook, Instagram, TikTok)
Creación de contenidos digitales -> En referencia a este apartado el profesorado debería ser capaz de elaborar contenidos multimedia que ayuden al desarrollo óptimo del alumnado. Por ejemplo, hay aplicaciones que nos permiten crear cuentos digitales como Storybird o Storyjumper; crear rompecabezas con la aplicación Jigsaw Planet o Puzzles Junior; presentaciones digitales como Prezi o Genially; vídeos o animaciones digitales PowToom o Animaker, etc.
Es destacable que el profesorado necesita tener un mayor conocimiento sobre la importancia que reside en proteger la autoría de su contenido digital creado, por ejemplo mediante el uso de las Licencias Creative Commons.
Seguridad -> Hace referencia a la protección de datos personales y la utilización segura de la información. El profesor pondrá en funcionamiento formas de protección que aseguren que no cualquier persona acceda sin consentimiento a la información. Por ejemplo, uso de una contraseña personal segura y no transferible, evitar colocar link de acceso a las reuniones virtuales o documentos escolares en sitios públicos... Es reseñable, el uso de un buen antivirus y la necesidad de reconocer qué fuentes son fiables a la hora de buscar y descargar documentos, aplicaciones, vídeos, imágenes, etc.
Resolución de problemas -> Los docentes tienen que elegir los recursos adecuados a los objetivos de aprendizaje, diseñar actividades adecuadas a los contenidos/objetivos, así como seleccionar mecanismos de evaluación. Se espera que el profesorado sea capaz de generar diversas interacciones con sus alumnos a través de entornos digitales, favoreciendo de este modo un aprendizaje significativo y enriquecedor, abogando por la innovación y la creatividad.
- UNIR REVISTA. (2020). Competencias digitales docentes [Fotografía]. https://www.unir.net/educacion/revista/competencia-digital-docente/
- Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. Boletín oficial del Estado, núm 25. Recuperado de https://www.boe.es/eli/es/o/2015/01/21/ecd65/com

Habría sido ideal que algunos de los apoyos visuales fuera elaborado por vuestro grupo.
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